Retiro AFP para vivienda: Congreso insiste en elevar al 50% la liberación de fondos para créditos hipotecarios de todo tipo

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Reforma de pensiones incluye retiro AFP del 50% para crédito hipotecario. Foto: composición Infobae/Andina

La Comisión de Economía del Congreso reanudó el debate de la reforma del sistema de pensiones en el Perú. El presidente del grupo de trabajo, César Revilla, indicó que citarán el próximo jueves 4 de abril al ministro de Economía José Arista para que asista a la sesión a fin de que explique el costo fiscal que implica la reforma previsional, así como para que dé su punto de vista respecto a las modificaciones realizadas en el dictamen.

En la mesa de debate, se abordó la propuesta de autorizar un retiro de los fondos AFP de hasta el 50% de fondos para créditos hipotecarios de todo tipo, incluyendo casas de playa, extendiendo así el beneficio de la existente ley que permite liberar ahorros de solo el 25% para compra de una vivienda.

En la discusión, los parlamentarios brindaron sus opiniones sobre el texto que no prosperó en la anterior sesión del lunes 25 de marzo, Uno de los legisladores que se mostró en contra fue Alejandro Cavero (Avanza País), quien criticó la elevación hasta el 50% de los fondos de afiliados para el pago de un crédito hipotecario de todo tipo.

“Con esta aprobación del retiro para hipoteca si bien es a los créditos vigentes, estamos hablando de un posible retiro AFP casi total de los fondos… mejor decretemos la eliminación del sistema y ni si quiera nos preocupemos en reformarlo”, criticó durante su participación.

Comisión de Economía debate reforma de pensiones en el Perú. Foto: Captura Infobae/Congreso

“Me preocupa el retiro AFP para la hipoteca. Me parece bien el retiro de 25% para adquisición de una primera vivienda que es algo que existe. Pero el 50% para el apgo de cualquier vivienda incluyendo una casa de playa es preocupante”, subrayó.

Por otro lado, planteó que los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) que opten por retirar sus fondos AFP, en caso se apruebe en el Pleno; más adelante no deben ser salvaguardados a través de un sistema no contributivo como Pensión 65.

En opinión del congresista Carlos Anderson, la comisión debería primero examinar con detalle el perfil demográfico del país antes de aprobar cualquier nuevo esquema de jubilaciones. Ello en referencia al impacto del aporte por consumo.

Asociación AFP y Confiep piden frenar retiros AFP

En vista de una posible aprobación del séptimo retiro AFP en el Pleno del Congreso, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) y la Asociación de AFP alzaron su voz, a través de un comunicado conjunto, para advertir las consecuencias de una liberación de los fondos de pensiones, así como para invocar a las fuerzas políticas como el Congreso para que frenen esta iniciativa, que significaría “la destrucción de los ahorros para la jubilación” en perjuicio de los afiliados.

Confiep y Asociación AFP emiten pronunciamiento en contra de séptimo retiro AFP. Foto: composición Infobae/Andina

De acuerdo al gremio y a la representación AFP, permitir el retiro de hasta S/20.600 generará la salida de ahorros jubilatorios de uno S/34.000 millones, lo que sumados a los seis retiros anteriores que fueron aprobados entre 2020 y 2022, totalizarían una salida de S/122 mil millones (14% del PBI).

Además, advirtieron que con el séptimo retiro AFP, más de 7 millones de trabajadores se quedarán con cero soles en sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), con lo cual no tendrán recursos para su vejez.

Retiro AFP de 4 UIT para todos sería en cuatro armadas

La Comisión de Economía aprobó el pasado lunes un texto sustitutorio que autoriza el séptimo retiro de fondos de las AFP y que aplica para todos los afiliados. De acuerdo al documento refrendado por la secretaria técnica de la comisión, el desembolso de los ahorros será en cuatro armadas, cada una de hasta S/5.150, así hasta alcanzar los S/20.600.

Los afiliados ingresarán sus solicitudes de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la publicación y vigencia del reglamento de la presente ley.Se abona un monto de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliadoEn caso que el afiliado desista de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones 10 días antes del siguiente desembolso.

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