El Constitucional admite también los recursos de Cataluña y Galicia contra varios artículos de la ley de vivienda

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El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este martes los recursos de inconstitucionalidad que presentaron la Generalitat de Cataluña y la Xunta de Galicia contra varios artículos de la ley por el derecho a la vivienda que permite imponer nuevos límites a la subida del precio del alquiler, según ha informado la corte de garantías.

Así, el Pleno ha seguido el criterio que fijó al admitir los recursos de cuatro comunidades autónomas –Andalucía, Baleares, Madrid y País Vasco–, del Parlament de Cataluña y de los diputados del PP en el Congreso.

Según ha precisado el tribunal en una nota informativa emitida este mismo martes, la norma impugnada es objeto de unos ochos recursos de inconstitucionalidad. Los recurrentes piden que declare la inconstitucionalidad de los apartados que impugnan y se declare, por ende, su nulidad.

En el caso concreto de la Generalitat de Cataluña y la Xunta de Galicia, ambas alegan –tal y como hicieron las otras cuatro comunidades autónomas– que varios de los preceptos de la ley estatal podrían vulnerar sus competencias autonómicas en materia de vivienda.

En este sentido, cabe recordar que la ley de vivienda que ahora analizará el TC también permite rebajar la figura de gran tenedor de vivienda de diez a cinco inmuebles en determinados casos e impide a estos propietarios desahuciar a inquilinos vulnerables sin un acto de conciliación o arbitraje previo.

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