Nuevas Ayudas de la Seguridad Social para Jubilados – Agosto 2025: ¡Todo lo que Debes Saber

Nuevas Ayudas de la Seguridad Social para Jubilados – Agosto 2025: ¡Todo lo que Debes Saber

En agosto de 2025, la Seguridad Social española lanza una serie de nuevas ayudas y mejoras pensadas para proteger, mejorar el bienestar y garantizar el poder adquisitivo de los jubilados.

Estas medidas inciden en la revalorización de pensiones, actualización de límites máximos y mínimos, y aumento de complementos por brecha de género, entre otros. A continuación, te explicamos cada detalle, cifras y fechas clave.

Revalorización de pensiones contributivas y no contributivas

  • Las pensiones contributivas suben un 2,8 % respecto a 2024.
  • Las pensiones no contributivas (jubilación e invalidez) se incrementan hasta 7 905,80 € anuales, equivalentes a 568,70 € en 14 pagas.
  • Existen mejoras adicionales para las pensiones mínimas y las que tienen cónyuge a cargo, con subidas de hasta 9 % en algunos casos.

Topes y límites actualizados

  • Tope máximo mensual de pensiones: 3 267,60 €, o 45 746,40 € anuales (cálculo a 14 pagas o proporcional si son 12).
  • El límite máximo de cotización para calcular el tope también ha subido, reforzando la sostenibilidad del sistema.

Complemento por reducción de brecha de género

  • El complemento destinado a reducir la desigualdad de género aumenta a 35,90 € mensuales desde el 1 de enero de 2025.
  • Aplica a quienes han visto afectada su cotización por maternidad o crianza y equivale a 430,80 € extra al año, llegando a superar los 2 000 € adicionales para múltiples hijos.

Prestaciones familiares y ayudas anexas

  • Prestaciones no contributivas por familia:
    • Hijos mayores de 18 años con discapacidad ≥ 65 %: 5 805,60 €/año.
    • Con discapacidad ≥ 75 % y dependencia: 8 707,20 €/año.
  • Complemento por movilidad y transporte: 1 002 €/año (+2,8 % con respecto a 2024).

Jubilación activa y compatibilidad laboral

  • La modalidad de jubilación activa permite seguir cobrando hasta un 100 % de la pensión trabajando, siempre que se haya retrasado la jubilación ≥ 5 años.
  • Se flexibilizan los requisitos: bastan 15 años cotizados, con al menos 2 en los últimos 15 años.

Tabla resumen de ayudas (Agosto 2025)

ConceptoImportePeriodicidad
Revalorización pensiones contributivas+2,8 %Desde enero 2025
Pensiones no contributivas (jubilación/invalidez)7 905,80 €/año (568,70 €/mes en 14 pagas)Anual
Tope máximo de pensiones3 267,60 €/mes – 45 746,40 €/añoMensual / Anual
Complemento brecha de género35,90 €/mesMensual
Prestaciones por hijo con discapacidad ≥ 65 %5 805,60 €/añoAnual
Con discapacidad ≥ 75 % y dependencia8 707,20 €/añoAnual
Complemento movilidad / transporte1 002 €/añoAnual
Jubilación activaHasta 100 % de pensión trabaj.Según años retraso

Beneficios clave para jubilados en agosto 2025

  1. Mayor poder adquisitivo gracias a la revalorización alineada con el IPC.
  2. Apoyo para las pensiones más bajas y para aquellos con cargas familiares o dependencia.
  3. Reducción efectiva de la brecha de género, con impacto positivo para mujeres.
  4. Flexibilidad laboral: compatibilizar trabajo y pensión sin restricciones estrictas.

En agosto de 2025, los jubilados españoles se ven beneficiados por un conjunto robusto de ayudas y revalorizaciones: pensiones más altas, complementos específicos, topes actualizados y una mayor flexibilidad para trabajar tras jubilarse.

Estas medidas fortalecen el poder adquisitivo, promueven la igualdad de género y ofrecen opciones para quienes desean seguir activos laboralmente.

FAQs

¿Cuándo se aplican estas ayudas?

Todas las mejoras entraron en vigor el 1 de enero de 2025, y estarán vigentes también en agosto de 2025, coincidiendo con el cobro mensual.

¿Qué pensiones suben más?

Las no contributivas y las mínimas son las que más crecen: hasta un 9 %, por encima del 2,8 % general.

¿Puedo trabajar y cobrar pensión al mismo tiempo?

í. Con la jubilación activa, puedes combinar pensión y trabajo, llegando a recibir el 100 % de la pensión si has retrasado tu jubilación al menos 5 años.

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